lunes, 22 de julio de 2013

TASUBINSA firma su sexto convenio colectivo

Con fecha 1 de julio de 2013 se ha firmado el VI Convenio Colectivo de Tasubinsa por parte de representantes de la entidad y de 10 miembros del Comité de Empresa, compuesto por 17 personas: seis de CCOO, cinco de UGT, dos de ELA, dos de LAB y 2 Independientes. No lo firmaron los representantes de ELA, LAB ni tres de CCOO. Previamente a su firma, fue respaldado en votación por el 68% de la plantilla.

El Convenio, con efecto retroactivo a 1 de enero de 2013, será de aplicación a las 729 personas adscritas a Tasubinsa en su modalidad de Centro Especial de Empleo, de las cuales 562 tienen algún tipo de discapacidad (435, intelectual; 127, de otro tipo) y 167 trabajan como mano de obra indirecta o personal de estructura. No tiene efecto alguno sobre las 597 personas que acuden a Tasubinsa como usuarias de Centro Ocupacional.

Plantilla y dirección han hecho un importante esfuerzo conjunto para sentar las bases que aseguren la sostenibilidad de la entidad. Entre las novedades más destacables se encuentran la ampliación de la jornada anual y la reducción de los salarios, “siempre de manera racional y proporcional”, según palabras de su director gerente, José Pérez Plano. Las categorías de operarios tendrán una jornada anual de 1.600 horas como norma general, y los operarios más cualificados, junto con los profesionales, 1.700. El personal que trabaja en la lavandería industrial, dados los requisitos de trabajo, tendrán una jornada anual de 1.785 horas.

La reducción salarial oscila, según categorías y grupos, hasta en un -4%. Si en 2015 se obtienen resultados positivos, se actualizarán los salarios un 0’5% a excepción de la categoría de operarios SMI que se actualiza automáticamente según la variación de éste. Si durante el periodo 2013 – 2015 se dieran resultados positivos, al tratarse de una entidad sin ánimo de lucro, se reinvertirán en la propia empresa y en compensar parte de la pérdida de poder adquisitivo mediante una paga no consolidable.

En su compromiso con la inclusión laboral y social de las personas con discapacidad, preferentemente intelectual, de Navarra, se ha redactado también una Cláusula de Garantía de Empleo, por la que “la empresa se compromete a no realizar despidos por incapacidad o ineptitud en los supuestos de deterioro o descenso de la capacidad productiva que impidan al trabajador la realización de las funciones ordinarias de su puesto de trabajo”.



Fuente: TASUBINSA

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